¿Quiéres acreditar tus competencias profesionales y no sabes cómo?

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¿Quiéres acreditar tus competencias profesionales y no sabes cómo?

28/09/2011

Díptico

Preguntas Frecuentes Sobre el Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Competencias

 

1. ¿Qué es la acreditación de la competencia profesional?

Es un proceso mediante el cual se otorga una acreditación oficial, a la persona candidata, previa evaluación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de formación.

2. ¿Qué es la competencia profesional?

Conjunto de conocimientos y capacidades que permiten el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo.

3. ¿Qué es la unidad de competencia?

El agregado mínimo de competencias profesionales, susceptible de reconocimiento y acreditación parcial.

4. ¿Qué es la cualificación profesional?

Un conjunto de unidades de competencia, que son el referente para elaborar las ofertas formativas conducentes a títulos de Formación Profesional y/o certificados de profesionalidad.

5. ¿Qué es un título de Formación Profesional?

Es el documento que se obtiene al superar las enseñanzas de un ciclo formativo de la Formación Profesional del Sistema Educativo. Hay títulos de Grado Medio y hay títulos de Grado Superior. Para acceder a los primeros se necesita estar en posesión del título de Graduado en ESO, o haber superado una prueba de acceso, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. Para acceder a los de grado superior es necesario poseer el título de Bachiller, o haber superado una prueba de acceso, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

A diferencia de los Certificados de Profesionalidad, los títulos tienen validez académica y profesional, por lo que permiten continuar hacia otros niveles del sistema educativo, ya seaal  Bachillerato, ya sea a los estudios universitarios.

6. ¿Qué es un Certificado de Profesionalidad?

Acreditación oficial, otorgada por la administración laboral competente, que acredita la capacitación para el desarrollo de una actividad laboral con significación para el empleo.

7. ¿En qué consiste el procedimiento de evaluación y acreditación?

Una vez que el candidato se inscriba, se inicia propiamente el procedimiento, que se desarrolla en las tres fases siguientes:

Fase de Asesoramiento. En esta fase un asesor/a acompañará y aconsejará al candidato para preparar la documentación necesaria para la siguiente fase de evaluación.

Fase de Evaluación. En esta fase se trata de demostrar las competencias profesionales para las que se solicite la acreditación. Se emplearán los métodos de evaluación más apropiados a las características del candidato y en función de la unidad de competencia a evaluar.

Acreditación de la competencia profesional. En esta fase se expedirá una acreditación de cada una de las unidades de competencia que se hayan superado.

8. ¿Quién, cuándo y cómo se organizan los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales?

La Consejería de Educación y la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía son las responsables de realizar las convocatorias correspondientes a los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales, en ellas se determinan las fechas, sedes y unidades de competencia susceptibles de ser acreditadas.

9. ¿Qué requisitos son necesarios para participar en este procedimiento?

Tener la nacionalidad española, certificado de residente comunitario, la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia y trabajo en España en vigor.

Además, en función del nivel de las unidades de competencia que quieran acreditarse deberán cumplirse los siguientes requisitos:

- Tener 18 años cumplidos al realizar la inscripción si es para unidades de competencia de una cualificación profesional de nivel I.

- Tener 20 años cumplidos al realizar la inscripción si es para unidades de competencia de cualificaciones profesionales de nivel II y III.

Por último, además de lo señalado anteriormente se ha de cumplir uno de estos dos requisitos:

- Experiencia laboral (adquirida en los últimos 10 años) relacionada con las competencias que el candidato quiera acreditar de:

2 años (1200 horas mínimas trabajadas) para cualificaciones de nivel I.

3 años (2000 horas mínimas trabajadas) para cualificaciones de nivel II y III.

- Formación (realizada en los últimos 10 años) relacionada con las competencias que el candidato quiera acreditar:

200 horas para cualificaciones de nivel I.

300 horas para cualificaciones de nivel II y III.

En el sistema educativo español, las cualificaciones de nivel I son las contenidas en los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI); las de nivel II son las incluidas en los ciclos de Grado Medio de Formación Profesional; y las de nivel III son las propias de los ciclos de Grado Superior de Formación Profesional.

Las personas mayores de 25 años que no pudieran demostrar experiencia o formación, podrán inscribirse provisionalmente. Se estudia el caso por parte de las personas asesoras designadas para ello que emitirán el correspondiente informe sobre la procedencia o no de la participación del candidato.

10. ¿Qué documentos deben presentarse?

Para justificar la experiencia laboral dentro del sector profesional que establezca la convocatoria:

- Para trabajadores/as asalariados/as: original o copia compulsada del certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad a la que estés afiliado, donde conste la empresa, la categoría profesional (grupo de cotización) y el periodo de contratación, así como también el original o la copia compulsada del contrato de trabajo o certificado de la empresa donde se haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación de los contratos, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en que se ha realizado dicha actividad.

- Para trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de los periodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y descripción de la actividad desarrollada y tiempo en el que se ha realizado.

- Para desempleados: copia sellada de la Tarjeta de demandante de empleo.

- Para voluntarios/as y becarios/as: certificado de la organización donde se haya prestado el trabajo.

Para justificar la formación relacionada con el sector profesional que establezca la convocatoria:

- Documento que acredite los contenidos y las horas de la formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren demostrar.

- Cualquier documentación que se pueda aportar para completar y justificar los conocimientos profesionales.

11. ¿Antes de la evaluación es necesario cursar algún tipo de formación?

No, con este procedimiento se evalúan las competencias profesionales que ya se poseen.

12. ¿Antes de la evaluación, se ayuda al candidato que desee concurriral procedimiento?

Sí, el procedimiento se inicia con una fase de asesoramiento. Esta fase es fundamental por lo que todos los candidatos deben pasar por ella. El asesor/a, ayudará a identificar las competencias profesionales cuyo reconocimiento se solicite.

13. ¿En qué consiste la evaluación?

En esencia, el objetivo de la fase de evaluación es demostrar la competencia profesional relacionada con aquellas unidades de competencia para las que se ha solicitado el reconocimiento.

Lo primero que hace la Comisión de Evaluación es estudiar el informe del asesor/a, la información profesional y/o las pruebas que se hayan aportado, para contrastarlas y decidir:

- Qué competencias profesionales quedan suficientemente justificadas.

- Si se necesita aportar información y/o documentación complementaria.

- De qué competencias profesionales, en su caso, se necesitan obtener nuevas evidencias de competencia, porque no están suficientemente demostradas.

- Qué métodos de evaluación se aplicarán para obtener las nuevas evidencias de competencia. El evaluador/a comunicará los métodos más adecuados para comprobar las competencias, tales como:.

- Entrevista profesional.Pruebas profesionales de competencia.

- Pruebas profesionales de competencia.

- Simulación de situaciones profesionales y observación en el puesto de trabajo.

- Otras pruebas de diferente naturaleza según el criterio del evaluador/a.

- La Comisión de Evaluación, una vez valorados los resultados del proceso de evaluación, informará sobre:

- Las unidades de competencia que han quedado suficientemente demostradas.

- Las unidades de competencia que no han quedado suficientemente demostradas.

- Las oportunidades para completar la formación y obtener la acreditación completa de Títulos de Formación Profesional o Certificados de Profesionalidad.

14. ¿Qué ventajas aporta superar este procedimiento?

Contribuye al desarrollo personal y profesional al permitir al candidato contar con un documento oficial que acredite sus competencias profesionales.

Permite, además, convalidar algún o algunos módulos de un título o de un certificado de profesionalidad, así como completar la formación para la obtención de un título de Formación Profesional o de un certificado de profesionalidad, lo que mejora las oportunidades laborales.

Para ello se facilitará a cada candidato toda la información necesaria para poder continuar, si así lo desea, la formación.

Por otra parte, la acreditación de competencias facilitará la movilidad de las personas trabajadoras.

15. ¿Dónde se puede obtener información sobre este procedimiento?

Se puede obtener información relativa al procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales y sobre las convocatorias abiertas en las distintas administraciones, a través de los siguientes medios:

- Directamente :

En las unidades de orientación de la Red Andalucía Orienta del Servicio Andaluz de Empleo.

- A través de Internet:

Desde los portales TodoFP y www.educacion.es del Ministerio de Educación, y a través de la Redtrabaj@ ( www.redtrabaja.es ) del Servicio Público de Empleo Estatal y en la página del Instituto Nacional de las Cualificaciones Profesionales (www.educacion.es/educa/incual).