El Programa de Urgencia Social Municipal de la Diputación de Sevilla , aprobado por la
Presidencia de la Diputación Provincial de Sevilla, mediante Resolución nº 239/2019 , de fecha
04/02/2019 y gestionado por el Ayuntamiento de Santiponce, tiene por objeto mejorar el bienestar y
la calidad de vida de las personas que padecen situaciones socioeconómicas desfavorables que habitan
en el municipio, especialmente aquellos más afectados por las consecuencias de la crisis económica.
REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES PARA ACOGERSE A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DEL PROGRAMA DE URGENCIA
SOCIAL MUNICIPAL 2019
1. Estar empadronados en el Ayuntamiento de Santiponce a 1 de enero de 2.019.
2. Acreditar la situación de desempleo.
3. Pertenecer a una unidad familiar en los siguientes
umbrales económicos referidos al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM):
- Familias de 1 solo miembro hasta 1,5 veces IPREM
- Familias de 2 miembros hasta 1,75 veces IPREM
-
Familias de 3 ó 4 miembros hasta 2 veces IPREM
- Familias de 5 o más miembros hasta 2,5 veces IPREM
La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, actualiza el
valor IPREM con efectos a partir de 5 de julio de 2018, en las siguientes cuantías:
DIARIO 17,93 €
MENSUAL 537,84 €
ANUAL 6.454,03 €
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Las personas interesadas deberán presentar una sola solicitud por unidad familiar, conforme al
modelo facilitado por este Ayuntamiento junto con la siguiente documentación:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), o en su caso, del Número de Identidad de
Extranjero (NIE) de la personas solicitante
b) Fotocopia del libro de familia.
c) En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el Registro de
Uniones de Hecho que corresponda o declaración jurada de constituir pareja análoga al matrimonio o
pareja de hecho.
d) Vida laboral actualizada de los mayores de 16 años que formen parte de la unidad familiar.
e) Declaración de la Renta de todos los miembros de la unidad familiar. En caso no estar obligados
a presentar la Declaración de la Renta 2017 deberán presentar sus ingresos de los últimos 12 meses
anteriores a la apertura del plazo de presentación de solicitudes (nóminas, Certificado de la
Seguridad Social, Certificado del SEPE, Becas, y rentas de cualquier naturaleza de todos los
miembros de la unidad familiar mayores de 16 años y para aquellos datos que necesiten una
especificación se podrá utilizar declaración expresa responsable de la persona solicitante, de los
ingresos percibidos por todos los miembros de su unidad familiar durante los últimos 12 meses
completos anteriores al de la apertura del plazo de presentación de solicitudes).
f) En caso de separación o divorcio, aportar Convenio Regulador o Auto de medidas provisionales
donde conste las pensiones compensatorias y/o de alimentos. En caso de incumplimiento de abono
pensión alimenticia y/o compensatorias, aportar la correspondiente denuncia.
g) Otras circunstancias: Documentación acreditativa de la condición de Víctima de Violencia de
Género, Reconocimiento del Grado de Dependencia,etc.
h) Certificación de inscripción en el SAE donde acredite que la persona solicitante y todos los
miembros de la unidad familiar mayores de 16 años estén desempleados.
Si como consecuencia de la aplicación de los criterios de baremación anteriores resultasen unidades
familiares con la misma puntuación se procederá a priorizar a la máxima puntuación del criterio del
punto 1, si persistiese el empate se priorizará a la máxima puntuación del criterio del punto 2, si
persistiese el empate se priorizará a la máxima puntuación del criterio del punto 3. Si siguiera
persistiendo igualdad entre unidades familiares, se ordenará a las personas solicitantes según renta
per cápita, de los ingresos de la unidad familiar en los últimos 12 meses, considerándose mayor
prioridad aquellas personas solicitantes donde su renta per cápita sea menor que sobre aquellas
personas solicitantes cuya renta per cápita sea mayor. Si persistiese el empate se llevará a cabo
sorteo entre los solicitantes empatados.
SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Las solicitudes de participación irán dirigidas a la Sra. Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de
Santiponce y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Santiponce en horario de 9.00
a 14.00 h de lunes a viernes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días a contar desde el día siguiente de la
publicación de estas bases en el B.O.P(publicada hoy 22 de marzo de 2019)
La convocatoria, así como las sucesivas comunicaciones que resulten necesarias en el marco de la
misma, se realizarán a través del Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santiponce, Tablón de
anuncios del Centro de Servicios Sociales y página web municipal, teniendo efectos desde su
publicación en estos medios.
Solo se admitirá una solicitud por unidad familiar.
En el caso de que hubiera dos o más solicitudes de personas que componiendo distintas unidades
familiares estuvieran empadronados en el mismo domicilio, sólo se atenderá a una de ellas, siendo la
de mayor puntuación, si existiera empate se dará la opción de decisión a las diferentes unidades
familiares, si no hay acuerdo se sorteará.
Únicamente se podrá contratar a dos o más personas de diferentes unidades familiares que estuvieran
empadronados en el mismo domicilio en el caso de que no hubiera solicitudes pendientes de otras
unidades familiares.